Impuestos en España
para expatriados
Todo lo que necesitas saber sobre el IRPF, la Ley Beckham, los convenios de doble imposición, el Artículo 7p y tus obligaciones como residente extranjero en España.
Residencia fiscal en España
Eres residente fiscal en España si pasas más de 183 días al año en el país, o si tu centro de intereses económicos principales está aquí. Una vez que eres residente, pagas IRPF sobre tu renta mundial.
El año de llegada es especialmente complejo — puedes ser residente en dos países simultáneamente durante parte del año. Consulta siempre a un especialista para el año de llegada.
La residencia fiscal no cambia automáticamente con tu visado. Debes notificarlo formalmente a la AEAT mediante el Modelo 030. No hacerlo puede generar problemas de doble imposición.
IRPF — Tramos del impuesto sobre la renta 2025
España aplica un sistema de impuesto progresivo. Los tipos mostrados son los combinados (estatal + autonómico) para la Comunidad de Madrid, que tiene los tipos más bajos de España para rentas altas.
| Base liquidable | Tipo | Visual | Cuota en este tramo |
|---|---|---|---|
| Hasta 12.450 € | 19% | Hasta 2.365 € | |
| 12.450 € – 20.200 € | 24% | 1.860 € | |
| 20.200 € – 35.200 € | 30% | 4.500 € | |
| 35.200 € – 60.000 € | 37% | 9.176 € | |
| 60.000 € – 300.000 € | 45% | Hasta 108.000 € | |
| Más de 300.000 € | 47% | 47% sobre el exceso |
Los tramos anteriores son para la Comunidad de Madrid. Cataluña y otras comunidades tienen tipos más altos. Madrid es generalmente la región más eficiente fiscalmente para rentas elevadas.
Calculadora IRPF — Estima tu salario neto
Esta calculadora te da una orientación de tu renta neta en España. Utiliza los tramos 2025 para la Comunidad de Madrid e incluye las cotizaciones a la Seguridad Social del empleado.
Simulador de salario neto
Tramos 2025Esta es una estimación orientativa. Tu factura fiscal real depende de deducciones, mínimos personales y los tipos exactos de tu comunidad. Consulta a un asesor fiscal para tu situación concreta.
La Ley Beckham — Régimen especial de impatriados
Conocido oficialmente como Régimen Especial de Trabajadores Desplazados a Territorio Español, permite a los expatriados que cumplen los requisitos pagar un tipo fijo del 24% sobre rentas en España hasta 600.000 €, en lugar de los tipos progresivos que llegan hasta el 47%.
Puedes acogerte si: no has sido residente fiscal en España en los últimos 5 años · has llegado a España por un contrato de trabajo o traslado empresarial · presentas la solicitud en los 6 meses siguientes a tu primer día de trabajo en España. El régimen dura 5 años.
Para un salario de 80.000 €, la Ley Beckham supone un ahorro aproximado de 8.000–12.000 € al año frente al IRPF estándar. Cuanto mayor el salario, mayor el ahorro.
La solicitud (Modelo 149) debe presentarse dentro de los 6 meses desde tu primer día laboral en España. Perder este plazo significa perder el beneficio para toda tu estancia. No lo dejes para después.
Convenios de doble imposición (CDI)
España ha firmado Convenios de Doble Imposición (CDI) con más de 90 países. Determinan qué país tiene derecho a gravar cada tipo de renta y cómo evitar pagar impuestos dos veces sobre el mismo ingreso.
Países con CDI con España — haz clic para ver el texto completo en el BOE:
Artículo 7p — Exención por trabajos en el extranjero
Si eres residente fiscal en España y viajas al extranjero por razones laborales para tu empresa española, los rendimientos obtenidos durante esos días pueden estar exentos de IRPF hasta 60.100 € al año. Es uno de los beneficios fiscales más valiosos y menos utilizados disponibles para profesionales con base en España que viajan internacionalmente.
1. Debes ser residente fiscal en España (regla de los 183 días). Esta exención no es compatible con la Ley Beckham.
2. El trabajo debe realizarse físicamente fuera de España — el teletrabajo desde España no cuenta. Debes desplazarte físicamente.
3. El territorio donde trabajas debe tener un impuesto sobre la renta (o CDI con España) — los paraísos fiscales quedan excluidos.
4. Los rendimientos deben provenir de una empresa española (o establecimiento permanente en España).
Ganas 80.000 €/año. Viajas al extranjero por trabajo 60 días al año. La parte exenta = (60/365) × 80.000 € = 13.150 € exentos de IRPF, ahorro aproximado de 5.200 € al tipo marginal del 40% — con el límite anual de 60.100 €.
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Exención máxima anual | 60.100 €/año — los rendimientos por encima tributan normalmente |
| Compatible con Ley Beckham | No — son mutuamente excluyentes |
| Cálculo de días | Días efectivamente trabajados en el extranjero, incluyendo normalmente los de desplazamiento |
| Documentación necesaria | Tarjetas de embarque, facturas de hotel, notas de gastos y certificado del empleador |
| Dónde declarar | Casilla 0006 de la declaración anual de la Renta |
| Riesgo de inspección | Medio-alto — la AEAT revisa con detalle. La documentación debe ser sólida. |
| A quién beneficia más | Ejecutivos, consultores e ingenieros que viajan frecuentemente bajo contrato laboral español |
Si viajas al extranjero por trabajo más de 15-20 días al año con contrato laboral español, consulta el Artículo 7p con tu asesor fiscal. El ahorro potencial es muy significativo y la exención es completamente legal — simplemente está infrautilizada porque muchos empleados no la conocen.
Declaración anual de la Renta
Como residente fiscal en España, debes presentar anualmente la Declaración de la Renta ante la AEAT. La campaña suele desarrollarse entre abril y junio sobre los ingresos del año anterior.
Estás obligado a declarar en términos generales si obtienes más de 22.000 € de un único pagador, más de 15.000 € de varios pagadores, o tienes rentas o activos relevantes en el extranjero (Modelo 720).
El año de llegada es complejo — es posible que tengas que declarar en dos países. La AEAT dispone de Renta Web para presentar la declaración online. Muchos expatriados utilizan un gestor el primer año. Coste orientativo: 150-400 €.